¿Cómo solicitarlo?
En Profamilia contamos con un programa integral en aborto seguro para que cada persona pueda tomar decisiones libres, seguras e informadas. Sea cual sea tu decisión, nosotros acompañamos la interrupción del embarazo, la continuación del mismo o la asesoría en caso de elegir un proceso de adopción.
Ruta de atención
Medicina general:
El médico general es quien da la información necesaria para que la paciente tome una decisión informada, acorde al marco normativo, y brinda asesoría en un métodos de anticoncepción y prevención.
Control post-aborto
Parte del programa de atención integral en aborto seguro, cada persona podrá tener de manera opcional un control post-aborto, entre cinco y quince días después del procedimiento. Este incluye asesoría en la elección de un método anticonceptivo para dar continuidad segura a sus respectivas vidas sexuales.
Asesoría psicológica
Se brinda la asesoría en caso de que el paciente así lo manifieste; es una consulta personalizada. En ella se explica el marco legal del aborto en Colombia bajo la Sentencia C-055 de 2022, que despenaliza el aborto hasta la semana 24 de embarazo y la Sentencia C-355 de 2006, con la que se puede acceder al procedimiento luego de las 24 semanas en tres casuales. Se informa acerca de la normativa de acuerdo a la etapa de gestación, cómo es el procedimiento y los factores de riesgo asociados a la intervención.
Recuerda:
- En Profamilia realizamos abortos seguros en cualquier edad gestacional, de acuerdo con la normatividad vigente.
- No exigimos documentación adicional a la reglamentaria.
- No realizamos juntas médicas para determinar la veracidad del caso.
- Nuestros servicios garantizan que todo el proceso se hará en el menor tiempo posible, sin demoras injustificadas, con un trato humanizado y de calidad.
¿Dónde solicitarlo?
Toda mujer o persona gestante en estado de embarazo puede acceder a un aborto sin restricciones hasta la semana 24 de embarazo (Sentencia C-055 de 2022), a partir de ese tiempo deberá contar con alguna de las tres causales previstas por la Corte Constitucional de Colombia (Sentencia C-355 de 2006); solo debe manifestarlo de manera voluntaria ante su EPS o IPS de confianza.
¿Puedo solicitar un aborto seguro
con mi EPS?
Por ley, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), sean estas del régimen contributivo o subsidiado, están obligadas a cumplir con la decisión de la Corte Constitucional.
No es legal que las EPS pongan barreras administrativas para la realización de abortos seguros, como exigir documentación no necesaria que demuestre los casos válidos para la interrupción. De igual manera, las EPS tampoco deben extender o demorar el proceso, ya que es un factor que puede poner en peligro la vida o la salud de la mujer. El hecho de solicitar, por ejemplo, la autorización de los padres para practicar la interrupción o aborto, constituye una violación del derecho a la privacidad y a la autonomía.
En Profamilia tenemos convenios con distintas EPS del país para facilitar el acceso al servicio de aborto seguro.
Brindamos acompañamiento en aborto seguro en 24 ciudades del país.
Los prestadores de servicios en salud deben:
- Brindar información clara, suficiente, amplia y adecuada sobre las opciones que se tiene frente al embarazo y contar con profesionales de la salud idóneos y suficientes para atender los servicios de aborto seguro que se soliciten.
- Contar con protocolos de diagnóstico rápido frente a las causales de interrupción voluntaria del embarazo o aborto seguro.
- Garantizar una atención rápida y oportuna, preferiblemente dentro de los cinco días siguientes a la solicitud del aborto.
- Explicar cualquier exigencia legal para la prestación del servicio.
- Ofrecer un servicio integral, de calidad y seguro, conforme con los más altos estándares médicos.
- Respetar el consentimiento libre e informado para cualquier procedimiento.
- Ofrecer garantía de confidencialidad y respetar el derecho a la intimidad, la autonomía y la dignidad.
- Dar orientación antes y después del procedimiento y brindar consejería y acceso a métodos efectivos de anticoncepción, así como de prevención de Infecciones de Transmisión Sexual – ITS.
Los prestadores de servicios en salud no deben:
- Juzgar, hacer comentarios inculpadores y acusadores o realizar cualquier otro tipo de comportamiento que menosprecie o discrimine.
- Negar la realización de la interrupción voluntaria del embarazo o aborto seguro cuando el caso se encuentre en una de las causales señaladas por la ley.
- Crear barreras administrativas (como convocar a juntas médicas, solicitar auditorias, crear listas de espera y otros trámites innecesarios) o exigir requisitos adicionales a los señalados por la ley como: exámenes de Medicina Legal, la condena del agresor en los casos de violación, el permiso de los padres o la pareja, o una autorización judicial.
- Desconocer los conceptos dados por los profesionales de la psicología.
- Impedir a mujeres menores de 14 años dar su consentimiento para la realización de la interrupción voluntaria del embarazo o aborto seguro.
- Revelar información personal a terceros sin autorización.
- Negarse a entregar la certificación médica.
- Si la institución prestadora de servicios no presta la atención necesaria, se puede denunciar el caso ante la Personería Municipal, la Defensoría del Pueblo, la Secretaría de Salud, la Superintendencia de Salud e incluso, la Fiscalía General de la Nación.
Líneas de atención
Las mujeres que requieran información y asesoría en servicios de aborto seguro pueden comunicarse a la Línea Nacional: 300 912 4560, o a través de WhatsApp: 318 735 1722, acudir directamente a la clínica Profamilia más cercana y tomar un turno para “Consulta de Embarazo No Deseado / Aborto”, o solicitar una consulta a través de la página web.
Profamilia pone al alcance de las mujeres y personas con capacidad de gestar: Mía, una plataforma para acceder a un servicio de salud integral para el aborto seguro a través de telemedicina, funcionará hasta la semana 12 de gestación y tendrá cobertura en toda Colombia.
Para conocer más ingresa a www.mia.com.co
¡Mi cuerpo, mi autonomía!
¡La decision es tuya y en lo que sigue, te acompañamos!
El aborto es un derecho fundamental amparado por la legislación colombiana.
Sentencia C-355 de 2006 y Sentencia C – 055 de 2022.