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Aborto libre y seguro ¡La decisión es tuya!

Aborto seguro

Con Profamilia accede a servicios de aborto libre, legal y seguro.

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Profamilia > Servicios > Aborto seguro

¿Dónde solicitarlo?


Toda mujer o persona gestante en estado de embarazo puede acceder a un aborto sin restricciones hasta la semana 24 de embarazo (Sentencia C-055 de 2022), a partir de ese tiempo deberá contar con alguna de las tres causales previstas por la Corte Constitucional de Colombia (Sentencia C-355 de 2006); solo debe manifestarlo de manera voluntaria ante su EPS o IPS de confianza.

¿Puedo solicitar un aborto seguro con mi EPS?

Por ley, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), sean estas del régimen contributivo o subsidiado, están obligadas a cumplir con la decisión de la Corte Constitucional.

No es legal que las EPS pongan barreras administrativas para la realización de abortos seguros, como exigir documentación no necesaria que demuestre los casos válidos para la interrupción. De igual manera, las EPS tampoco deben extender o demorar el proceso, ya que es un factor que puede poner en peligro la vida o la salud de la mujer. El hecho de solicitar, por ejemplo, la autorización de los padres para practicar la interrupción o aborto, constituye una violación del derecho a la privacidad y a la autonomía.

Es importante entender que bajo la normatividad colombiana, el aborto seguro es un derecho siempre y cuando se cumpla con alguna de las tres causales previstas por la Corte Constitucional; por lo tanto, se puede exigir su realización ante la EPS o IPS.

En Profamilia tenemos convenios con distintas EPS del país para facilitar el acceso al servicio de aborto seguro.

 Brindamos acompañamiento en aborto seguro en 24 ciudades del país.

Sedes

Los prestadores de servicios en salud deben:

  • Brindar información clara, suficiente, amplia y adecuada sobre las opciones que se tiene frente al embarazo y contar con profesionales de la salud idóneos y suficientes para atender los servicios de aborto seguro que se soliciten.
  • Contar con protocolos de diagnóstico rápido frente a las causales de interrupción voluntaria del embarazo o aborto seguro.
  • Garantizar una atención rápida y oportuna, preferiblemente dentro de los cinco días siguientes a la solicitud del aborto.
  • Explicar cualquier exigencia legal para la prestación del servicio.
  • Ofrecer un servicio integral, de calidad y seguro, conforme con los más altos estándares médicos.
  • Respetar el consentimiento libre e informado para cualquier procedimiento.
  • Ofrecer garantía de confidencialidad y respetar el derecho a la intimidad, la autonomía y la dignidad.
  • Dar orientación antes y después del procedimiento y brindar consejería y acceso a métodos efectivos de anticoncepción, así como de prevención de Infecciones de Transmisión Sexual - ITS.

Los prestadores de servicios en salud no deben:

  • Juzgar, hacer comentarios inculpadores y acusadores o realizar cualquier otro tipo de comportamiento que menosprecie o discrimine.
  • Negar la realización de la interrupción voluntaria del embarazo o aborto seguro cuando el caso se encuentre en una de las causales señaladas por la ley.
  • Crear barreras administrativas (como convocar a juntas médicas, solicitar auditorias, crear listas de espera y otros trámites innecesarios) o exigir requisitos adicionales a los señalados por la ley como: exámenes de Medicina Legal, la condena del agresor en los casos de violación, el permiso de los padres o la pareja, o una autorización judicial.
  • Desconocer los conceptos dados por los profesionales de la psicología.
  • Impedir a mujeres menores de 14 años dar su consentimiento para la realización de la interrupción voluntaria del embarazo o aborto seguro.
  • Revelar información personal a terceros sin autorización.
  • Negarse a entregar la certificación médica.
  • Si la institución prestadora de servicios no presta la atención necesaria, se puede denunciar el caso ante la Personería Municipal, la Defensoría del Pueblo, la Secretaría de Salud, la Superintendencia de Salud e incluso, la Fiscalía General de la Nación.

Profamilia pone al alcance de las mujeres y personas con capacidad de gestar: Mía, una plataforma para acceder a un servicio de salud integral para el aborto seguro a través de telemedicina, funcionará hasta la semana 12 de gestación y tendrá cobertura en toda Colombia.

Para conocer más ingresa a www.mia.com.co ¡Mi cuerpo, mi autonomía!

 


Preguntas Frecuentes


¿Qué es el aborto?

La palabra aborto proviene del término latino (abortus), ab: privación y ortus: nacimiento. Su traducción sería: sin nacimiento.

Por lo tanto, el aborto es la interrupción del desarrollo del embrión durante el embarazo, cuando aún no ha alcanzado la madurez fetal, o capacidad suficiente para vivir por fuera del útero.

¿Qué diferencia existe entre la IVE y el aborto?

Hablar de aborto y de Interrupción voluntaria del embarazo (IVE)  pareciera, en principio, lo mismo, pero hay que tener en cuenta que detrás de la palabra aborto se esconden una serie de imaginarios relacionados con la ilegalidad, el miedo y, en el peor de los casos, el delito. La expresión IVE, Interrupción Voluntaria del Embarazo, permite analizar una realidad desde el campo de la ética, la libertad y la autonomía de las mujeres y posibilita una decisión desde la mirada de los derechos sexuales y reproductivos que, ante todo, son derechos humanos.

¿En qué casos está permitida la IVE o el aborto en Colombia?

Desde el año 2006 la Corte Constitucional a través de la Sentencia C-355 despenalizó el aborto en Colombia en tres circunstancias:

  • Cuando esté en peligro la vida o la salud de la mujer embarazada. El peligro para la salud se presenta cuando el embarazo afecta considerablemente el bienestar físico, mental y emocional de la mujer.
  • Cuando el embarazo sea consecuencia de un acceso carnal violento o acto sexual abusivo por parte de un pariente, la pareja o un extraño; de un incesto, o una fertilización no consentida.
  • Cuando existe malformación fetal; se da cuando el feto presenta graves malformaciones que hacen inviable su vida fuera del útero.

¿Qué tipos de abortos existen?

Existen dos tipos de abortos: el espontáneo o natural y el inducido.

El aborto espontáneo ocurre cuando un embrión o feto es expulsado del útero de la mujer por causas naturales relacionadas, en la mayoría de los casos, con la salud y la edad de la mujer gestante.

El aborto inducido, en cambio, es aquél que se realiza de manera voluntaria con asistencia médica o sin ella. Es recomendable que este tipo de aborto se realice siempre con asistencia médica para evitar prácticas inseguras que pongan en riesgo la vida de la mujer.

¿Cuáles son los tipos de procedimientos que existen para la IVE y de qué dependen?

Los procedimientos varían de acuerdo con el tiempo del embarazo, las condiciones de salud de la mujer y el acceso a proveedores o a centros de salud que puedan ofrecer de manera adecuada y segura el procedimiento. Existen dos técnicas para realizar la IVE:
• Con medicamentos
• Quirúrgico

¿Cómo tener acceso a la IVE?

Toda mujer en estado de embarazo que se encuentre en una de las tres situaciones señaladas y que desee interrumpirlo, puede hacerlo: solo debe manifestarlo de manera voluntaria ante su EPS o IPS de confianza.

¿Dónde se puede solicitar la IVE?

Si la mujer está afiliada a la seguridad social, puede solicitar la IVE a su EPS o IPS. Si no está afiliada, tiene derecho a solicitarlo en el hospital público más cercano. Este procedimiento está incluido dentro del Plan Obligatorio de Salud (POS).

Profamilia tiene un programa integral para la interrupción voluntaria del embarazo que incluye: prueba de embarazo, asesoría en opciones, procedimiento de interrupción, elección inmediata de un método anticonceptivo y cita de control.

¿A qué se tiene derecho?

A estar informada, a recibir una atención de calidad, cálida, oportuna, sin ser juzgada y respetando su intimidad y su decisión.

¿Qué documentación o requerimientos son necesarios para tener acceso al procedimiento?

Dependiendo la circunstancia, por ejemplo:

1. Cuando hay peligro para la vida o la salud de la mujer embarazada, se debe presentar el certificado del médico. Este requisito no cobija exclusivamente la afectación de la salud física de la mujer gestante sino también aquellos casos en los cuales resulta afectada su salud mental, razón por la cual se incluyen las certificaciones de los psicólogos según la Ley 1090 de 2006 que les reconoce el estatus de profesionales de la salud.

2. Cuando hay malformaciones del feto incompatibles con la vida extrauterina, sólo es necesario una certificación médica de tal situación.

3. Cuando el embarazo es resultado de una violación, incesto o fertilización no consentida, es necesaria la copia de la denuncia ante la Fiscalía; en caso de que la víctima sea menor de edad copia de la denuncia ante la Comisaría de familia. Todas las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) están obligadas a atender las solicitudes, siempre y cuando los casos cumplan con alguna de las circunstancias establecidas por la ley.

¿Es verdad que si se legaliza el aborto en Colombia, el número de interrupciones aumentará indiscriminadamente?

El índice de abortos en un país no depende de su legalización, sino de otras condiciones como la disponibilidad de servicios de anticoncepción (que deben ser una responsabilidad del Estado como principal garante de Derechos), el acceso a educación sexual adecuada para toda la población y la eliminación de las diferencias de poder entre hombres y mujeres.

Por ejemplo, países donde se han desarrollado programas eficaces en materia de derechos sexuales y reproductivos que incluyen la legalización del aborto tienen tasas mucho más bajas de interrupciones que las estimadas en países donde éste es ilegal.

¿Las mujeres quedan infértiles después de un aborto?

Los procedimientos legales de interrupción del embarazo son seguros y eficientes. Si se hacen de la forma adecuada en una institución responsable y de calidad, como Profamilia, la mujer conserva sus órganos reproductivos en perfecto estado.

¿Un aborto es siempre peligroso para la mujer?

Un aborto es un procedimiento seguro siempre y cuando es realizado por personal de la salud debidamente entrenado, un aborto realizado dentro de los primeros meses de gestación, es un procedimiento sencillo y seguro. En los países donde el aborto es legal, la probabilidad de muerte a consecuencia del mismo no alcanza a llegar a una mujer por cada cien mil abortos practicados mientras que, en los países donde es ilegal, esa cifra se eleva a 70 mujeres por cada 100.000 interrupciones.

¿El aborto causa trastornos psicológicos en las mujeres que recurren a él?

Negarle la realización de la IVE a una mujer que está dentro de alguna de las tres causales aprobadas le produce consecuencias negativas en su salud mental y disminuye las condiciones que garantizan una calidad de vida óptima. La condición de ilegalidad, la clandestinidad consecuente, la soledad y el silencio en que se practican los abortos en Colombia son las principales causas de sufrimiento y/o de sentimientos de culpa para algunas mujeres.

¿Las adolescentes tienen derecho a solicitar un aborto?

Si. Cualquier mujer sin importar su edad puede acudir al sistema de salud y hacer efectivo su derecho al servicio de interrupción del embarazo sin que le pongan ningún obstáculo siempre y cuando su caso cumpla con alguna de las tres circunstancias legales. Las menores de 14 años requieren del acompañamiento de un adulto responsable.

¿Las mujeres, incluidas las adolescentes, que se practican la IVE son irresponsables y egoístas?

Falso. Las mujeres que debido a cualquier tipo de razones deciden interrumpir libre y voluntariamente un embarazo, lo hacen después de reflexionar y meditar sus capacidades, sus deseos, sus posibilidades y concluir que en ese momento las condiciones no están dadas para continuar con la gestación.

¿La anticoncepción de emergencia es un método abortivo?

No. El anticonceptivo de emergencia, también conocido como píldora del día después, se usa dentro de las 72 horas siguientes a una relación sexual sin protección, para evitar un embarazo no deseado y actúa antes de que se produzca la fecundación. Si el óvulo ya ha sido fecundado, no hay efectos sobre la mujer ni sobre el embrión.

¿Hay un límite de semanas de gestación para poder abortar o interrumpir el embarazo?

No existe un límite de tiempo para la presentación de la denuncia y solicitud de una interrupción. Es importante tener en cuenta que a medida que aumenta el tiempo de gestación también se incrementa la posibilidad de tener complicaciones.

¿Qué es un embarazo no deseado?

Es un embarazo que se presenta cuando la mujer o la pareja no lo están buscando y, por lo tanto, no está dentro de los planes de vida de estas personas, lo que puede generar consecuencias negativas para ambos.

Nuestras puertas abiertas, siempre

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